Resumen práctico de las condiciones laborales del sector: salarios, jornada, pagas, vacaciones e incapacidad temporal
Estos son los importes mínimos garantizados para jornada completa de 162 horas mensuales. Ninguna empresa puede pagar por debajo de estas cifras, aunque sí puede mejorarlas.
| Categoría | Sal. Base | Peligrosidad | Transporte | Vestuario | Total |
|---|---|---|---|---|---|
| VS Sin Arma | 1.161,28 € | 24,08 € | 137,81 € | 112,28 € | 1.435,45 € |
| VS Con Arma | 1.161,28 € | 179,90 € | 137,81 € | 112,28 € | 1.591,27 € |
| VS Transp. Fondos | 1.227,74 € | 191,59 € | 137,81 € | 113,27 € | 1.670,41 € |
| Escolta Privado | 1.161,28 € | 177,15 € | 137,81 € | 115,67 € | 1.591,91 € |
* Cifras brutas mensuales, jornada completa. No incluyen antigüedad, horas extra ni pluses variables (nocturnidad, festivos, plus de servicio).
La jornada ordinaria es de 1.782 horas anuales — un promedio de 162 horas mensuales. La empresa puede distribuirla de forma irregular a lo largo del año según las necesidades del servicio, respetando siempre los descansos legales.
Las horas entre las 22:00 y las 06:00 se pagan con un plus de 1,26 €/hora (1,36 €/hora en Transporte de Fondos).
Las horas en días festivos se compensan con 1,02 €/hora adicional. Si el festivo cae de noche, ambos pluses se acumulan — cobras los dos a la vez.
Quien ejerce funciones de Jefe (Responsable) de Equipo percibe un plus del 10% del salario base de su categoría mientras las desempeña: 116,13 €/mes para VS y Escolta, 122,77 €/mes en Transporte de Fondos (jornada completa).
Por cada 5 años ininterrumpidos en la misma empresa se devenga un quinquenio, que suma un complemento fijo a la nómina mensual y también cuenta para el cálculo de horas extra y pagas.
| Años en la empresa | Quinquenios | Plus VS / Escolta | Plus Fondos |
|---|---|---|---|
| 0 – 4 años | — | 0,00 € | 0,00 € |
| 5 – 9 años | 1 | 45,86 € | 50,23 € |
| 10 – 14 años | 2 | 91,72 € | 100,46 € |
| 15 – 19 años | 3 | 137,58 € | 150,69 € |
| 20 – 24 años | 4 | 183,44 € | 200,92 € |
| 25 años o más | 5 | 229,30 € | 251,15 € |
El convenio garantiza tres pagas extras al año. Cada una equivale a un mes de salario base + peligrosidad + antigüedad:
Corresponden 31 días naturales al año en jornada completa. Si no completas el año, se calculan proporcionalmente (unos 2,58 días por mes trabajado). Los días no disfrutados al terminar el contrato se pagan en el finiquito, calculados sobre el salario mensual completo dividido entre 30.
El convenio mejora sustancialmente la prestación general de la Seguridad Social. Porcentajes sobre la base reguladora diaria:
| Días | Convenio | Régimen general |
|---|---|---|
| 1 – 3 | 50% | 0% |
| 4 – 20 | 80% | 60% |
| 21 – 40 | 100% | 75% |
| 41 – 60 | 90% | 75% |
| 61 – 100 | 80% | 75% |
| 101 en adelante | 75% | 75% |
El día 1 lo paga la empresa como jornada ordinaria. Del día 2 en adelante: 100% de la base reguladora, sin límite de duración.
Bajas con ingreso hospitalario: 100% durante los primeros 40 días. Desde el día 41, el 75% del régimen general.
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